Reforma laboral: la Cámara Nacional del Trabajo declara inconstitucional el DNU de Milei

Lo decidió la Cámara Laboral, al tratar la cuestión de fondo, con lo cual ahora el tema será resuelto por la Corte Suprema de Justicia.

El tribunal señaló que no existía ningún impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, refutando los argumentos del Gobierno que había defendido la necesidad de implementar las reformas a través del DNU. Destacaron que el DNU, publicado en el Boletín Oficial el 21 de diciembre, no establecía una fecha de vigencia y que el Congreso ya estaba convocado a sesiones extraordinarias el 26 de diciembre, antes de la entrada en vigor del decreto.
Los jueces también cuestionaron la urgencia alegada por el Gobierno para justificar las numerosas medidas contempladas en el DNU, especialmente en lo que respecta a las reformas laborales. Argumentaron que no se evidenciaba objetivamente la necesidad de adoptar tantas medidas sin la intervención del Poder Legislativo, especialmente cuando algunas de las normas tenían naturaleza represiva o sancionatoria, incluyéndolas como leyes antievasión en el ámbito del derecho penal laboral.
En su pronunciamiento, los magistrados, Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, afirmaron que las consideraciones acerca del defecto de origen del DNU eran suficientes para sustentar la decisión de inconstitucionalidad, haciendo innecesario un examen detallado del contenido sustantivo del articulado.
Ahora, el Gobierno tiene la opción de apelar ante la Corte Suprema de Justicia, aunque esta ya tiene intervención debido a la medida cautelar previa y al amparo presentado por la provincia de La Rioja contra el DNU en su totalidad. La Corte Suprema no tiene plazos establecidos para resolver, pero dejó en claro que asumen la competencia, especialmente en el caso de La Rioja, al tratarse de la demanda de un estado provincial contra el nacional.
